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¿Quién está obligado a emitir factura electrónica en 2023?

El comienzo de un año implica no solo nuevos propósitos sino también una revisión profunda de los cambios que llegan, sobre todo, en lo relativo a las empresas y todo lo que tiene que ver con su gestión administrativa. Obligaciones como tener un protocolo de acoso laboral, estar al día en cuanto a  la protección de datos comienzan a ser ya una realidad y su incumplimiento conllevará importantes multas económicas.

Dentro de todos estos cambios hay uno que cada vez lo vemos más cerca y es la facturación por medios electrónicos. Aún son muchos los autónomos y pequeñas y medianas empresas que siguen haciendo las facturas de manera manual, pero hay que ser realistas y pensar en que va llegando la hora de dar el salto a lo digital. En este sentido, la Ley Crea y Crece  aprobada por el Congreso de los Diputados introduce novedades en cuanto a la factura electrónica, que en primera estancia afectará a la relación comercial entre empresarios y profesionales (autónomos).

Cómo tiene que ser la factura electrónica

La factura electrónica es obligatoria en las relaciones comerciales entre empresarios y profesionales. Estos son los requisitos:

  • Los empresarios y profesionales están obligados a expedir, recibir y emitir facturas electrónicas en las relaciones comerciales con otros empresarios o profesionales.
  • En el periodo de cuatro años desde la emisión de las facturas el destinatario podrá solicitar una copia de la misma, sin gasto adicional. Además, deberá tener acceso a todas sus facturas electrónicas aunque la relación ya haya finalizado.
  • El emisor de la factura tiene libertad para elegir al proveedor que le generará el programa para la emisión y gestión de facturas electrónicas.
  • La solución tecnológica implantada para las facturas electrónicas tienen que garantizar la interoperabilidad, es decir, el intercambio de información con las distintas instituciones. Hay que tener en cuenta que uno de los objetivos de esta medida es agilizar los trámites, por lo que es importante que se cuente con una solución que permita esa interconexión.

Empresas que ofrecen servicios al público

Dentro de las empresas que ofrecen servicios y productos al público en general no todas están obligadas a emitir facturas electrónicas, aunque es una medida que tarde o temprano se va a implantar. ¿Qué empresas están obligadas? La respuesta es la siguiente: aquellas empresas que prestan servicios de especial trascendencia económica. Dicho de otra manera, son aquellas empresas que cuenten en su plantilla con más de cien empleados o su volumen de anual de operaciones, calculado conforme a lo establecido en la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido, exceda de 6.010.121,04 euros. Y que en ambos casos operen en alguno de los sectores especificados en el BOE.

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