Debido a la situación extraordianria que estamos viviendo, desde Emiral consideramos necesario informar acerca de las medidas tributarias establecidas por el gobierno.
Información acerca de las nuevas medidas tributarias por el Covid-19
Estas medidas entran en vigor el 18/03/2020, con efecto retroactivo del día 16/03/2020
Respecto a la presentación de liquidaciones
- Hasta el 1 de junio de 2020, siempre que no se esté obligado a presentar de forma telemática y el plazo de presentación voluntario tenga que finalizar antes del 1 de junio de 2020.
- Periodo de febrero, hasta el 14/4/2020 si tienen presentación telemática obligatoria.
- Se concede una ampliación del plazo de ingreso de liquidaciones de 15 días respecto del plazo legal establecido para aquellas liquidaciones cuyo vencimiento se produzca a partir del 16/03/2020. Por tanto, quedan afectadas las liquidaciones a pagar correspondientes a los periodos de marzo, abril, mayo y las correspondientes al 1T/20.
Respecto a la deuda tributaria
- Afectados: autónomos, pymes y microempresas para las presentaciones cuyo ingreso en periodo voluntario finalice entre 16/3/2020 y el 1/6/2020.
- El plazo para solicitar el aplazamiento es desde el 16/3/2020 hasta el 1/6/2020
- El aplazamiento se concede hasta 9 meses. Sin embargo hay que tener en cuenta lo siguiente:
- Los tres primeros meses no se hace desembolso alguno.
- Los 6 restantes en cuotas mensuales e iguales.
- No aplica intereses de demora en ninguna de las fases.
Respecto a los pagos fraccionados
- Afectados: contribuyentes que realicen pagos fraccionados de IRPF y ejerzan actividades económicas
- Se suspende la obligación de autoliquidar e ingresar los pagos correspondientes al 1T y al 2T del 2020.
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